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Autoridades de Chihuahua tienen el deber constitucional de garantizar un debido proceso al Dr. Hugo Alonso Almada Mireles: Sergio Aguayo


El artículo 1º de nuestra Constitución Política mexicana, establece que todas las autoridades de todos los niveles están obligadas a respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas sin discriminación alguna.

En el caso particular se solicita a la Secretaría de la Función Pública del Estado de Chihuahua, y a su titular la Mtra. Rocio Stefany Olmos Loya, cumpla con cada una de sus obligaciones constitucionales, y no permanezca omisa ante la serie de violaciones a los derechos y garantías procesales observadas en el procedimiento administrativo que se sigue en contra el Dr. Hugo Alonso Almada Mireles, y que constan en expediente, como lo ha sido la falta de notificación oportuna que hiciera de su conocimiento la queja entablada en su contra, la persona que deponía en su contra y por qué motivos lo hacía, así como, las violaciones procesales en la admisión y desahogo de pruebas, mismas que han sido denunciadas por el afectado ante tal Secretaría.

Motivo por el cual, se hace un llamado a la titular, la Mtra. Rocio Stefany Olmos Loya, para que se conduzca con legalidad e impere la transparencia en su actuar y no permanezca ajena ante las diversas violaciones que se han verificado.

Aprovechamos para externar nuestro interés en la resolución que dictará la autoridad conocedora, misma que esperamos sea apegada a la legalidad, en estricto cumplimiento a lo establecido por la Constitución Política y por las normas nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.

Atentamente

Sergio Aguayo Quezada

Presidente del Centro de Investigación y Capacitación Propuesta Cívica


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