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Los siguientes casos, representados por Propuesta Cívica, son ejemplificación de procesos legales iniciados en contra de periodistas y medios de comunicación cuya finalidad ha sido inhibir al periodismo crítico y, con ello, a la libertad de expresión.

“El verdadero objetivo no es ganar el caso, sino abrumar al demandado con un procedimiento judicial prolongado, costos excesivos -incluso con riesgo de quiebra- y la carga psicológica que conlleva”. UNESCO.

 

La legislación mexicana entiende al daño moral como:

La afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás. Se presumirá que hubo daño moral cuando se vulnere o menoscabe ilegítimamente la libertad o la integridad física o psíquica de las personas. (Artículo 1916. Código Civil para el Distrito Federal)